Hace algunas décadas, hacer negocios en Asia parecía un sueño muy lejano; casi imposible de alcanzar. Hoy en cambio, los ojos del mundo están puestos sobre este continente y la mayoría de los países asiáticos representan un sinfín de posibilidades a nivel comercial y empresarial. Quienes tienen la oportunidad de interactuar con su gente enfrentan un gran reto: el idioma, la cultura y la idiosincrasia, que forman un muro difícil de superar.
Mostrando entradas con la etiqueta Articulos. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Articulos. Mostrar todas las entradas
22 DE ABRIL DÍA DE LA TIERRA
El Día de la Tierra es un día festivo celebrado en muchos países. Su promotor, el senador norteamericano Gaylord Nelson, instauró este día para crear una conciencia común a los problemas de la contaminación, la conservación de la biodiversidad y otras preocupaciones ambientales para proteger la Tierra.
Día de la Tierra, celebrado internacionalmente por primera vez el 22 de abril de 1970, para subrayar la necesidad de la conservación de los recursos naturales del mundo. Surgido como movimiento universitario, el día de la Tierra se ha convertido en un importante acontecimiento educativo e informativo. Los grupos ecologistas lo utilizan como ocasión para evaluar los problemas medioambientales del planeta: la contaminación del aire, agua y suelos, la destrucción de ecosistemas, los cientos de miles de plantas y especies animales diezmadas, y el agotamiento de recursos no renovables. Se insiste en soluciones que permitan eliminar los efectos negativos de las actividades humanas. Estas soluciones incluyen el reciclado de materiales manufacturados, preservación de recursos naturales como el petróleo y la energía, la prohibición de utilizar productos químicos dañinos, el fin de la destrucción de hábitats fundamentales como los bosques húmedos y la protección de especies amenazadas. Por esa razon es el dia de la tierra.
Checa las siguientes páginas y descubre como puedes ayudar a nuestro planeta ¡Informate! todos podemos ayudar.
¿Qué es el día de la Tierra?
National Geografhic Día de la Tierra
Fauna Activa
Día de la Tierra, celebrado internacionalmente por primera vez el 22 de abril de 1970, para subrayar la necesidad de la conservación de los recursos naturales del mundo. Surgido como movimiento universitario, el día de la Tierra se ha convertido en un importante acontecimiento educativo e informativo. Los grupos ecologistas lo utilizan como ocasión para evaluar los problemas medioambientales del planeta: la contaminación del aire, agua y suelos, la destrucción de ecosistemas, los cientos de miles de plantas y especies animales diezmadas, y el agotamiento de recursos no renovables. Se insiste en soluciones que permitan eliminar los efectos negativos de las actividades humanas. Estas soluciones incluyen el reciclado de materiales manufacturados, preservación de recursos naturales como el petróleo y la energía, la prohibición de utilizar productos químicos dañinos, el fin de la destrucción de hábitats fundamentales como los bosques húmedos y la protección de especies amenazadas. Por esa razon es el dia de la tierra.
Checa las siguientes páginas y descubre como puedes ayudar a nuestro planeta ¡Informate! todos podemos ayudar.
¿Qué es el día de la Tierra?
National Geografhic Día de la Tierra
Fauna Activa
LAS 10 MEJORES EMPRESAS PARA TRABAJAR EN MEXICO
¿Te gustaría ser parte de una de las mejores empresas para trabajar de México?
Incorpora las ideas de sus empleados para mejorar sus procesos de compra de vehículos. El personal recibe ayuda para útiles escolares.
Considerado por los mejores estudiantes como uno de los mejores lugares para conseguir su primer empleo. Permite a los jóvenes se entrenen y mejoren su desempeño.
Corporativo de coca-cola uno de cada 10 empleados es un joven becario.
Actualiza a sus empleados en nuevas técnicas de construcción y los capacitaron las ultimas tecnologías, gastos médicos y ayuda.
Cuenta con grandes instalaciones para realizar actividades cotidianas dentro de la misma empresa. Facilita la compra de automóviles y grandes prestaciones.
Atrae talento y lo fortalece con programas de orientación a la calidad en el servicio. Tiene políticas para motivar y estimular al personal. Grandes prestaciones.
NOVARTIS Sistema de identificación de talento en su propia universidad. Precios especiales a empleados. Contrata a hijos de sus trabajadores en verano. Invierte en capacitación técnica y de liderazgo.
GENERAL ELECTRIC Analiza las necesidades y diseña planes a la medida. Ofrece descuentos en sus productos a sus empleados.
Tiene escuelas abiertas en sus plantas. Da precios especiales en sus productos. Ofrece cursos de superación personal y liderazgo.
Proporciona un buen seguro de gastos médicos. Respeta la diversidad y valora el talento ya sean hombres, mujeres, madres solteras, de color, discapacitados, aquí solo importa el talento y resultados.
¿Te gustaría ser parte de esta lista?
Incorpora las ideas de sus empleados para mejorar sus procesos de compra de vehículos. El personal recibe ayuda para útiles escolares.
Considerado por los mejores estudiantes como uno de los mejores lugares para conseguir su primer empleo. Permite a los jóvenes se entrenen y mejoren su desempeño.
Corporativo de coca-cola uno de cada 10 empleados es un joven becario.
Actualiza a sus empleados en nuevas técnicas de construcción y los capacitaron las ultimas tecnologías, gastos médicos y ayuda.
Cuenta con grandes instalaciones para realizar actividades cotidianas dentro de la misma empresa. Facilita la compra de automóviles y grandes prestaciones.
Atrae talento y lo fortalece con programas de orientación a la calidad en el servicio. Tiene políticas para motivar y estimular al personal. Grandes prestaciones.NOVARTIS Sistema de identificación de talento en su propia universidad. Precios especiales a empleados. Contrata a hijos de sus trabajadores en verano. Invierte en capacitación técnica y de liderazgo.
GENERAL ELECTRIC Analiza las necesidades y diseña planes a la medida. Ofrece descuentos en sus productos a sus empleados.
Tiene escuelas abiertas en sus plantas. Da precios especiales en sus productos. Ofrece cursos de superación personal y liderazgo.
Proporciona un buen seguro de gastos médicos. Respeta la diversidad y valora el talento ya sean hombres, mujeres, madres solteras, de color, discapacitados, aquí solo importa el talento y resultados. EL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA CNMV PARA ENTIDADES NO LUCRATIVAS ABRE LAS PUERTAS A LA INVERSIÓN SOCIALMENTE RESPONSABLE
Una Disposición Adicional de la Ley de Medidas de Reforma del Sistema Financiero (2002), referida a las “restricciones relativas a las inversiones financieras temporales de entidades sin ánimo de lucro”, dispuso que la Comisión Nacional del Mercado de Valores, el Banco de España y el Ministerio de Economía, cada uno en su ámbito de supervisión, aprobaran códigos de conducta que contengan las reglas específicas a las que deberán ajustarse las inversiones financieras temporales que hagan las entidades sin ánimo de lucro.
El Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), cumpliendo esta Disposición, ha aprobado un “Código de conducta de las entidades sin ánimo de lucro para la realización de inversiones temporales en el ámbito del mercado de valores”, tal y como se refleja en el Boletín Oficial del Estado de 8 de enero de 2004.
El Código, de aplicación durante el ejercicio 2004, establece que las entidades sin ánimo de lucro sistematicen la selección y gestión de inversiones; que se valore la seguridad, liquidez y rentabilidad de las distintas posibilidades de inversión; que se diversifiquen los riesgos; y que sean evitadas las operaciones meramente especulativas.
Esta exigencia de la sistematización de las inversiones, a juicio de la Fundación Ecología y Desarrollo, tiene dos lecturas; por un lado pretende evitar casos de gestión imprudente de activos; por otro lado, abre la puerta a la adopción de prácticas de responsabilidad social corporativa en la gestión de activos por parte de las organizaciones no lucrativas. Esto es, a que las entidades no lucrativas españolas, en el momento de formular sus políticas de inversión, incluyan un criterio o principio de coherencia, en línea con sus valores Es en este contexto en el que el gobierno británico está estudiando imponer requisitos de transparencia informativa en materia de inversión y responsabilidad social corporativa a las organizaciones sociales británicas Asumiendo esta lectura, y en cumplimiento de las recomendaciones citadas, la Fundación Ecología y Desarrollo ya se ha dotado de un Código de conducta para la realización de inversiones temporales en el ámbito del mercado de valores. En el texto introductorio del Código se remarca que
“la Fundación Ecología y Desarrollo entiende que los mercados financieros constituyen un instrumento crucial para la consecución de dicho desarrollo sostenible dado que:
Pueden crear incentivos para que las empresas avanzadas en el ámbito de la responsabilidad social corporativa o sostenibilidad empresarial (RSC) sean recompensadas.
Permiten que todos aquellos grupos sociales interesados en la promoción de la responsabilidad social corporativa tengan la oportunidad de decidir el destino último de sus recursos financieros, de manera que la delegación de la gestión del ahorro en los intermediarios financieros no impida la aplicación de sus recursos a la financiación de las actividades empresariales compatibles con el desarrollo sostenible.
Permiten que las entidades no lucrativas puedan adoptar medidas para impulsar la Inversión Socialmente Responsable, y así promover prácticas empresariales sostenibles o socialmente responsables.”
Para más información:
Ramón Pueyo
Fundación Ecología y Desarrollo
Plaza San Bruno, 9
50001 Zaragoza (España)
Teléfono: 976298282
Fax: 976 203092
PRIMER MARATÓN DE ÉTICA PROFESIONAL Y RESPONSABILIDAD SOCIAL
El Mtro. Marco Antonio Daza Mercado, Director de la División de Contaduría, inauguró a nombre del Dr. J. Jesús Arroyo Alejandre, Rector del CUCEA, el Primer Maratón de Ética Profesional y Responsabilidad Social organizado por el Mtro. Javier Ramírez Chávez, Jefe del Departamento de Contabilidad en el cual participaron profesores y alumnos de la carrera de Contaduría, quienes estuvieron supervisados por un grupo de académicos que observaron su desempeño en las dinámicas de trabajo. continuación...
NUEVE CAMPUS SON RECONOCIDOS COMO EMPRESA SOCIALMENTE RESPONSABLE
NOTICIA:: CAMPUS PUEBLA SOCIALMENTE RESPONSABLE.

Los campus Aguascalientes, Cuernavaca, Estado de México, Hidalgo, Monterrey, Morelia, Puebla, Querétaro y San Luis Potosí destacan por su compromiso con la responsabilidad social
Este será el primer año que los campus Aguascalientes, Estado de México, Hidalgo, Morelia y Puebla reciban esta distinción. A su vez los campus Querétaro, San Luis Potosí, Monterrey y Cuernavaca refrendan su condición de Empresa Socialmente Responsable por dos, tres, cuatro y cinco años respectivamente.
El Cemefi celebra cada año a las empresas y organizaciones que se destacaron por integrar a la Responsabilidad Social como parte de su estrategia y cultura de negocios, ocupándose de maximizar el impacto positivo de su actividad comercial en todos sus grupos de relación, atendiendo sus expectativas y beneficiando a las comunidades donde opera.
En su misión 2015 el Tecnológico de Monterrey se comprometió a contribuir al desarrollo sostenible de la comunidad con modelos y sistemas innovadores para el mejoramiento educativo, social, económico y político.
El diagnóstico Empresa Socialmente Responsable del Cemefi consta de 120 indicadores en cinco áreas: Ética empresarial, calidad de vida en la empresa, vinculación con la comunidad, preservación del medio ambiente y consumo responsable.
El área de Ética empresarial analiza cuestiones de derechos humanos, cultura de la dignidad humana, gobierno corporativo, compromiso con los grupos de interés, compromiso ético, trato justo, globalidad, apertura, transparencia, alineación estratégica y combate a la corrupción.
Por otra parte, la Calidad de vida abarca la empleabilidad, gestión de capital humano, balance entre trabajo, familia, seguridad, salud, seguridad laboral, capacitación, educación y desarrollo, así como la diversidad e igualdad de oportunidades.
Las estrategias de apoyo, la responsabilidad y el respeto hacia la comunidad, la atención hacia el sentir de la ciudadanía y el civismo empresarial, la inversión social y los programas de voluntariado son algunos de los rubros que se califican en el área de Vinculación con la comunidad.
En el rubro de Cuidado y preservación del ambiente se considera el uso adecuado y respetuoso de recursos como manejo adecuado de residuos, políticas y criterios establecidos para minimizar el impacto ambiental, la inversión destinada al mejoramiento y educación ambiental, información y capacitación para la comunidad interna, así como campañas y programas de educación ambiental para la comunidad en general.
Como Consumo responsable se entiende entregar información adecuada y responsable sobre los productos que se ofrecen o crear productos y servicios sostenibles y amigables con el ambiente, y ser responsable en la forma de promover sus productos.
Alrededor de 340 empresas recibirán el distintivo este año en una ceremonia que se realizará por la noche en el Centro Banamex de la Ciudad de México, y en la que por primera vez, se entregará un reconocimiento especial a las empresas consideradas como ejemplares en Latinoamérica y el Caribe.
El Centro Mexicano para la Filantropía (Cemefi) es una asociación civil dedicada a la promoción de la filantropía y responsabilidad social cuya misión es promover la participación organizada de la sociedad para resolver la problemática actual de México.
Cemefi tiene convenios con organizaciones internacionales que poseen una misión similar a la de nuestra Institución, por ejemplo, el Council on Foundations, Independent Sector de Estados Unidos, el European Foundation Centre en Bélgica, Civicus y los Encuentros Iberoamericanos del Tercer Sector que incluyen instituciones de América Latina, España y Portugal.
El Tecnológico de Monterrey será reconocido con nueve de sus campus por la labor que ha hecho como parte de su estrategia y cultura de servicio, ocupándose de maximizar el impacto positivo de su actividad educativa en todos sus grupos de relación, atendiendo sus expectativas y beneficiando a las comunidades donde opera.
Nueve campus del Tecnológico de Monterrey recibieron el 11 de marzo el reconocimiento que los califica como Empresa Socialmente Responsable por parte del Centro Mexicano para la Filantropía (Cemefi).
Este será el primer año que los campus Aguascalientes, Estado de México, Hidalgo, Morelia y Puebla reciban esta distinción. A su vez los campus Querétaro, San Luis Potosí, Monterrey y Cuernavaca refrendan su condición de Empresa Socialmente Responsable por dos, tres, cuatro y cinco años respectivamente.
El Cemefi celebra cada año a las empresas y organizaciones que se destacaron por integrar a la Responsabilidad Social como parte de su estrategia y cultura de negocios, ocupándose de maximizar el impacto positivo de su actividad comercial en todos sus grupos de relación, atendiendo sus expectativas y beneficiando a las comunidades donde opera.
En su misión 2015 el Tecnológico de Monterrey se comprometió a contribuir al desarrollo sostenible de la comunidad con modelos y sistemas innovadores para el mejoramiento educativo, social, económico y político.
El diagnóstico Empresa Socialmente Responsable del Cemefi consta de 120 indicadores en cinco áreas: Ética empresarial, calidad de vida en la empresa, vinculación con la comunidad, preservación del medio ambiente y consumo responsable.
El área de Ética empresarial analiza cuestiones de derechos humanos, cultura de la dignidad humana, gobierno corporativo, compromiso con los grupos de interés, compromiso ético, trato justo, globalidad, apertura, transparencia, alineación estratégica y combate a la corrupción.
Por otra parte, la Calidad de vida abarca la empleabilidad, gestión de capital humano, balance entre trabajo, familia, seguridad, salud, seguridad laboral, capacitación, educación y desarrollo, así como la diversidad e igualdad de oportunidades.
Las estrategias de apoyo, la responsabilidad y el respeto hacia la comunidad, la atención hacia el sentir de la ciudadanía y el civismo empresarial, la inversión social y los programas de voluntariado son algunos de los rubros que se califican en el área de Vinculación con la comunidad.
En el rubro de Cuidado y preservación del ambiente se considera el uso adecuado y respetuoso de recursos como manejo adecuado de residuos, políticas y criterios establecidos para minimizar el impacto ambiental, la inversión destinada al mejoramiento y educación ambiental, información y capacitación para la comunidad interna, así como campañas y programas de educación ambiental para la comunidad en general.
Como Consumo responsable se entiende entregar información adecuada y responsable sobre los productos que se ofrecen o crear productos y servicios sostenibles y amigables con el ambiente, y ser responsable en la forma de promover sus productos.
Alrededor de 340 empresas recibirán el distintivo este año en una ceremonia que se realizará por la noche en el Centro Banamex de la Ciudad de México, y en la que por primera vez, se entregará un reconocimiento especial a las empresas consideradas como ejemplares en Latinoamérica y el Caribe.
El Centro Mexicano para la Filantropía (Cemefi) es una asociación civil dedicada a la promoción de la filantropía y responsabilidad social cuya misión es promover la participación organizada de la sociedad para resolver la problemática actual de México.
Cemefi tiene convenios con organizaciones internacionales que poseen una misión similar a la de nuestra Institución, por ejemplo, el Council on Foundations, Independent Sector de Estados Unidos, el European Foundation Centre en Bélgica, Civicus y los Encuentros Iberoamericanos del Tercer Sector que incluyen instituciones de América Latina, España y Portugal.
El Tecnológico de Monterrey será reconocido con nueve de sus campus por la labor que ha hecho como parte de su estrategia y cultura de servicio, ocupándose de maximizar el impacto positivo de su actividad educativa en todos sus grupos de relación, atendiendo sus expectativas y beneficiando a las comunidades donde opera.
CÓDIGO DE MEJORES PRÁCTICAS CORPORATIVAS
“El tema de Gobierno Corporativo ha cobrado gran relevancia en los últimos años. De Junio de 1999, cuando se dio a conocer el Código de Mejores Prácticas Corporativas , a Noviembre de 2006 en que se presento esta primera versión revisada, distintos acontecimientos han resaltado su importancia y lo han colocado entre los factores que le dan valor, competitividad y permanencia a una sociedad.
Durante este período, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) ha publicado la versión revisada de sus Principios de Gobierno Corporativo aplicables por los países que la integran; las naciones más avanzadas en el tema han revisado también su Código para incorporar nuevas mejores prácticas corporativas; en México tenemos nuevas regulaciones para el Mercado de Valores y las experiencias de 7 años en la implementación de las recomendaciones del Código. Todos estos factores han sido considerados al elaborar esta primera versión revisada.
En su edición, se han tomado en cuenta las características de las sociedades mexicanas, su origen principalmente de carácter familiar, sus valores y cultura, su estructura accionaria y la importancia que pueden tener ciertos accionistas en su administración.
Se han incorporado nuevos principios relativos a la ética en los negocios, a la responsabilidad social empresarial, a la prevención de operaciones y hechos indebidos, así como a evitar conflictos de interés, lo que nos ubica dentro de los países más avanzados en el tema.
Con las mejores prácticas corporativas recomendadas en el Código, buscamos ayudar a las sociedades en su institucionalización, en la transparencia de sus operaciones, en una adecuada revelación de información, a ser competitivas en un mundo global, a poder acceder a fuentes de financiamiento en condiciones favorables, a tener procesos de sucesión estables y a ser permanentes en el tiempo en beneficio de sus accionistas y los terceros interesados.
Conviene destacar, que las recomendaciones del Código van dirigidas y son aplicables a todas las sociedades, sean de carácter mercantil, civil o asistencial, sin distinguir si cotizan o no sus acciones en el mercado de valores. Esta característica nos distingue entre la mayoría de los Códigos que existen en el mundo.
Invitamos a los empresarios, socios, consejeros, funcionarios, asesores, académicos e interesados en el tema, a que nos apoyen en la adecuada difusión e implementación de las recomendaciones del Código, en especial entre las pequeñas y medianas empresas, pues requieren fortalecerse para poder competir en una economía abierta, preservar la inversión y la generación de empleos.”
Escrito por Ing. José Luis Barraza González/Presidente del Consejo Coordinador Empresarial
Deseas consultar el Código de Mejores Prácticas Corporativas.
Durante este período, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) ha publicado la versión revisada de sus Principios de Gobierno Corporativo aplicables por los países que la integran; las naciones más avanzadas en el tema han revisado también su Código para incorporar nuevas mejores prácticas corporativas; en México tenemos nuevas regulaciones para el Mercado de Valores y las experiencias de 7 años en la implementación de las recomendaciones del Código. Todos estos factores han sido considerados al elaborar esta primera versión revisada.
En su edición, se han tomado en cuenta las características de las sociedades mexicanas, su origen principalmente de carácter familiar, sus valores y cultura, su estructura accionaria y la importancia que pueden tener ciertos accionistas en su administración.
Se han incorporado nuevos principios relativos a la ética en los negocios, a la responsabilidad social empresarial, a la prevención de operaciones y hechos indebidos, así como a evitar conflictos de interés, lo que nos ubica dentro de los países más avanzados en el tema.
Con las mejores prácticas corporativas recomendadas en el Código, buscamos ayudar a las sociedades en su institucionalización, en la transparencia de sus operaciones, en una adecuada revelación de información, a ser competitivas en un mundo global, a poder acceder a fuentes de financiamiento en condiciones favorables, a tener procesos de sucesión estables y a ser permanentes en el tiempo en beneficio de sus accionistas y los terceros interesados.
Conviene destacar, que las recomendaciones del Código van dirigidas y son aplicables a todas las sociedades, sean de carácter mercantil, civil o asistencial, sin distinguir si cotizan o no sus acciones en el mercado de valores. Esta característica nos distingue entre la mayoría de los Códigos que existen en el mundo.
Invitamos a los empresarios, socios, consejeros, funcionarios, asesores, académicos e interesados en el tema, a que nos apoyen en la adecuada difusión e implementación de las recomendaciones del Código, en especial entre las pequeñas y medianas empresas, pues requieren fortalecerse para poder competir en una economía abierta, preservar la inversión y la generación de empleos.”
Escrito por Ing. José Luis Barraza González/Presidente del Consejo Coordinador Empresarial
Deseas consultar el Código de Mejores Prácticas Corporativas.
LA NATURALEZA DEL CONTADOR PÚBLICO Y SU FUTURO: EJECUTOR OPERATIVO O LÍDER REFLEXIVO
¿Para qué nos preparan las universidades y escuelas de Contaduría y Administración en el hoy y para qué deberíamos aspirar que preparen a los contadores públicos del futuro? ¿Cuál es el rol que jugamos? ¿y cuál el que pretendemos jugar dentro de las organizaciones?.
Es de suponerse que una carrera universitaria persigue formar hombres y mujeres no sólo en aspectos técnicos y/ científicos, sino también en aspectos relacionados con :
Juicio y análisis crítico
Sentido común
Lógica
Dominio del stress
Solución de problemas
Integración e impulso de equipos realizadores
Orientación a la eficiencia
Con iniciativa
Con compromiso y fidelidad institucional
Con dominio asertivo de planteamientos
Comprometidos con la contaduría en sentido profesional y también ético
Líderes
¿Es muy grande el reto?. No importa en estricto sentido la respuesta si estamos dispuestos a enfrentar el reto de la sociedad y de un enfoque ajeno a la inmediatez y por tanto enriquecido con una ideología de valores éticos, democráticos y de progreso.
Elementos , todos ellos, guía de una formación que trasciende la rutina del llenado de conocimientos repetitivos , no integrados y por tanto segmentados, para incluir elementos de desarrollo de pensamiento propio, ideas que balanceadas con conocimientos y espíritu de búsqueda den como resultado cuadros con visión y criterio directivos.
Profesionistas con visión estratégica y liderazgo prestos para una inserción en la sociedad más allá de la praxis mecánica, para incursionar en la generación de soluciones direccionadas al core business de la organización y a un manejo flexible de competencias.
¿Tu que observas?. Debemos reenfocarnos o estas satisfecho con la orientación actual.
¿ Cómo propiciar nuestra evolución o acaso no es necesaria?
ÉTICA PROFESIONAL Y EDUCACIÓN
Para comprender la importancia de la ética en el ámbito de la educación, es menester volver los ojos y el pensamiento a tiempos remotos para conocer la etimología de la palabra.
Ética proviene del griego éthicos y es la parte de la filosofía que trata de la moral y de las obligaciones del hombre. Conjunto de normas que rigen a la conducta humana. Ética profesional.
Cuando se habla de ética o ético, nos referimos por lo general a la conducta, al comportamiento, al proceder, a la actuación, a la conciencia, a la integridad, a la moral de una persona o de una organización.
Ética a Nicómaco es una obra de moral que Aristóteles dedicó a su hijo y, es una remota referencia a la ética, con lo que nos damos cuenta que el uso de la palabra data de muchos siglos atrás.
Al mencionar a la palabra ética junto a la palabra profesional, ligamos la idea de que estamos hablando de lo que es bueno dentro de una profesión y que hay valores morales establecidos para cada profesión, los cuales, si no son observados a cabalidad, quien no los atienda estará en una posición contraria a la ética profesional.
Por ejemplo, si hablamos de negocios, la ética en negocios estudiará la naturaleza, el propósito, la función, la justificación de las reglas de la conducta correcta dentro del contexto del comercio, y esto será o podrá ser en el ámbito regional, estatal, nacional o internacional; quien no acate las normas establecidas, estará ante una acción no ética. Es decir, amoral y, en consecuencia, se hace merecedor a un castigo.
Así, tenemos que algunas teorías morales relativas a la ética de los negocios nos dicen:
• Teleología. Un acto se juzga correcto con base en su propensión para producir ciertas clases de consecuencias, las cuales se juzgan usando empíricamente la evidencia reunida.
• Deontología. Un acto se juzga correcto con base en la intención subjetiva del agente que comete el acto, independientemente de las consecuencias prospectivas (buenas o malas) del acto. Las intenciones del agente son motivadas generalmente por alguna norma moral universal.
• Relativismo. Todas las normas morales son relativas a la persona, el lugar, el tiempo y/o la cultura. No hay norma moral objetiva, inmutable y universal.
• Ética de la virtud. Es la opinión de que la base moral fundamental se encuentra en el carácter de la persona; más que las normas de conducta preestablecidas a la que debe apegarse el individuo, la personalidad de éste es la determinante en su diario actuar y para ello es menester que él se cultive para que por hábito y naturaleza tenga una predisposición para comportarse de un modo correcto desde el punto de vista moral.
“No os preocupe si por vuestras obras [os conocen] —es el buen olor de Cristo—. Además, trabajando siempre exclusivamente por Él, alegraos de que se cumplan aquellas palabras de la Escritura: Que vean vuestra obras buenas y glorifiquen a vuestro Padre que está en los cielos”. Nos dice San José María Escrivá en su libro Camino.
El pensamiento antes citado, es una demostración de que las normas morales que a lo largo de la historia del mundo los hombres van dictando, tienden hacia una conducta propia, buena, siempre buscando el dar, el entregarse a los demás, el pensar por el porvenir del prójimo, sin dejar de pensar en el de uno mismo, y así, tener una vida llena de paz, amor y dicha. Hacer esto sería llegar al placer más grande del mundo: la satisfacción personal del haber actuado bien, es decir, apegado a la ética.
La Ética Profesional y la Educación son… para ver el articulo completo da click aqui
Ética proviene del griego éthicos y es la parte de la filosofía que trata de la moral y de las obligaciones del hombre. Conjunto de normas que rigen a la conducta humana. Ética profesional.
Cuando se habla de ética o ético, nos referimos por lo general a la conducta, al comportamiento, al proceder, a la actuación, a la conciencia, a la integridad, a la moral de una persona o de una organización.
Ética a Nicómaco es una obra de moral que Aristóteles dedicó a su hijo y, es una remota referencia a la ética, con lo que nos damos cuenta que el uso de la palabra data de muchos siglos atrás.
Al mencionar a la palabra ética junto a la palabra profesional, ligamos la idea de que estamos hablando de lo que es bueno dentro de una profesión y que hay valores morales establecidos para cada profesión, los cuales, si no son observados a cabalidad, quien no los atienda estará en una posición contraria a la ética profesional.
Por ejemplo, si hablamos de negocios, la ética en negocios estudiará la naturaleza, el propósito, la función, la justificación de las reglas de la conducta correcta dentro del contexto del comercio, y esto será o podrá ser en el ámbito regional, estatal, nacional o internacional; quien no acate las normas establecidas, estará ante una acción no ética. Es decir, amoral y, en consecuencia, se hace merecedor a un castigo.
Así, tenemos que algunas teorías morales relativas a la ética de los negocios nos dicen:
• Teleología. Un acto se juzga correcto con base en su propensión para producir ciertas clases de consecuencias, las cuales se juzgan usando empíricamente la evidencia reunida.
• Deontología. Un acto se juzga correcto con base en la intención subjetiva del agente que comete el acto, independientemente de las consecuencias prospectivas (buenas o malas) del acto. Las intenciones del agente son motivadas generalmente por alguna norma moral universal.
• Relativismo. Todas las normas morales son relativas a la persona, el lugar, el tiempo y/o la cultura. No hay norma moral objetiva, inmutable y universal.
• Ética de la virtud. Es la opinión de que la base moral fundamental se encuentra en el carácter de la persona; más que las normas de conducta preestablecidas a la que debe apegarse el individuo, la personalidad de éste es la determinante en su diario actuar y para ello es menester que él se cultive para que por hábito y naturaleza tenga una predisposición para comportarse de un modo correcto desde el punto de vista moral.
“No os preocupe si por vuestras obras [os conocen] —es el buen olor de Cristo—. Además, trabajando siempre exclusivamente por Él, alegraos de que se cumplan aquellas palabras de la Escritura: Que vean vuestra obras buenas y glorifiquen a vuestro Padre que está en los cielos”. Nos dice San José María Escrivá en su libro Camino.
El pensamiento antes citado, es una demostración de que las normas morales que a lo largo de la historia del mundo los hombres van dictando, tienden hacia una conducta propia, buena, siempre buscando el dar, el entregarse a los demás, el pensar por el porvenir del prójimo, sin dejar de pensar en el de uno mismo, y así, tener una vida llena de paz, amor y dicha. Hacer esto sería llegar al placer más grande del mundo: la satisfacción personal del haber actuado bien, es decir, apegado a la ética.
La Ética Profesional y la Educación son… para ver el articulo completo da click aqui
LA EDUCACIÓN DEL CONTADOR PÚBLICO EN UN ENTORNO GLOBAL
Los retos de la profesión en el siglo XXI
Permítanme hacer especial énfasis en dos retos que la profesión contable tiene que afrontar y que las universidades deberían considerar en sus planes y programas de estudio para la formación del Contador Público:
• Normas contables de uso global.
• Transparencia y corrupción.
Permítanme hacer especial énfasis en dos retos que la profesión contable tiene que afrontar y que las universidades deberían considerar en sus planes y programas de estudio para la formación del Contador Público:
• Normas contables de uso global.
• Transparencia y corrupción.
Normas contables de uso global
Existe una vinculación muy estrecha entre los sistemas contables y de información y las inversiones y los mercados de capital. La globalización es un fenómeno evidente en el mundo de los mercados de capital. El capital irá naturalmente hacia los países y regiones de mayor estabilidad económica y transparencia contable. Una contabilidad adecuada en las empresas y entidades de todos los sectores de cualquier país es la clave para mantener la confianza o bien, reconstruirla para el futuro. Información financiera transparente, dentro de una robusta estructura de control, y una administración ordenada y sana, son una poderosa palanca para restablecer o incrementar el valor crediticio.
La información financiera en los mercados es muy importante para los inversionistas y las personas que toman decisiones. Los inversionistas mejor informados podrán proteger mejor sus intereses, estarán deseosos de invertir su dinero para proporcionar el capital a las compañías tanto nuevas como en expansión y de este modo crecer y contribuir a la estabilidad económica.
Arthur Levitt, Expresidente de la SEC, decía:
“Creo firmemente que el éxito de los mercados de capital depende directamente de la calidad de los sistemas contables y de información. Los sistemas de información que se basan en altos estándares de calidad proporcionan a los inversionistas seguridad y credibilidad en los reportes financieros, y no olvidemos, que sin la confianza del inversionista, los mercados no pueden prosperar…”
Asimismo, al referirse a las normas de contabilidad, comentó:
“…cualquier grupo de normas contables debe formarse considerando las necesidades de los inversionistas y de los mercados de capital. Esto no será un camino fácil, pero es fundamental que nos aseguremos que nuestros mercados globales se construyan sobre bases sólidas. Creo que la armonización de las normas contables será un éxito sólo si éstas proporcionan lo que los mercados requieren: información creíble basada en estados financieros transparentes…”
Las normas contables deben ser de alta calidad y dar como resultado información comparable y transparente a escala internacional. A fines de octubre de 1997, James D. Wolfensohn, Presidente del Banco Mundial, en su discurso de apertura del XV Congreso Mundial de Contadores que se celebró en París, mencionó lo siguiente:
“Sabemos que la corrupción y las crisis financieras florecen en la oscuridad. Sabemos que la falta de transparencia pone en peligro un gobierno efectivo. Sabemos que el consenso social se construye sobre la información.
Pero ustedes (los Contadores Públicos) también tienen que desempeñar su papel… (ver articulo completo)
¿QUÉ ES CRM?
Últimamente nos hemos visto sumergidos en un mar de siglas e iniciales como ERP, MRP, B2B o B2C, casi todas ellas asociadas con desarrollos tecnológicos aplicados a los negocios.
Una de las más sonadas es CRM y aunque estoy seguro que casi todos conocemos que significa Customer Relationship Management, también estoy seguro que muchos lo asocian con un paquete de software administrativo, lo cual es un error justificado en la información que recibimos a diario. Entonces, para salir de dudas, veamos qué es y qué no es CRM.
Primero, el concepto de CRM en sí no está relacionado directamente con tecnología. CRM es una filosofía corporativa en la que se busca entender y anticipar las necesidades de los clientes existentes y también de los potenciales, que actualmente se apoya en soluciones tecnológicas que facilitan su aplicación, desarrollo y aprovechamiento. En pocas palabras, se trata... (ver articulo completo)
Una de las más sonadas es CRM y aunque estoy seguro que casi todos conocemos que significa Customer Relationship Management, también estoy seguro que muchos lo asocian con un paquete de software administrativo, lo cual es un error justificado en la información que recibimos a diario. Entonces, para salir de dudas, veamos qué es y qué no es CRM.
Primero, el concepto de CRM en sí no está relacionado directamente con tecnología. CRM es una filosofía corporativa en la que se busca entender y anticipar las necesidades de los clientes existentes y también de los potenciales, que actualmente se apoya en soluciones tecnológicas que facilitan su aplicación, desarrollo y aprovechamiento. En pocas palabras, se trata... (ver articulo completo)
¿QUÉ ES LA RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL?
La idea de "la responsabilidad social empresarial", desde finales de los años noventa, comenzó a ser asumida por numerosos actores del contexto político y económico mundial, incluidos instituciones financieras, empresas, organizaciones, agencias de desarrollo, escuelas de negocio, inversores y algunos gobiernos. Aunque este concepto es relativamente novedoso, según (Melling y Jensen, 2002), citados por (Bull, 2004); sus raíces se identifican en diversas concepciones acerca de la gestión empresarial que existen en los archivos de los Estados Unidos entre los años 1950 y 1960, donde la responsabilidad social era considerada una obligación moral y responsabilidad personal del empresario.
A partir de ese momento, han ido apareciendo en el contexto internacional diversas experiencias e iniciativas que promueven el establecimiento e implementación de ... (ver artículo completo)
A partir de ese momento, han ido apareciendo en el contexto internacional diversas experiencias e iniciativas que promueven el establecimiento e implementación de ... (ver artículo completo)
PUBLICAN FACILIDADES PARA COMERCIO EXTERIOR Y ADUANAS
COMUNICADO DE PRENSA
México, D. F., 31 de marzo de 2008
PUBLICAN FACILIDADES PARA COMERCIO EXTERIOR Y ADUANAS
PUBLICAN FACILIDADES PARA COMERCIO EXTERIOR Y ADUANAS
- Se eliminarán barreras arancelarias que representan altos costos para empresas
El día de hoy, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de Economía publican el Decreto por el que se otorgan facilidades en materia aduanera y de comercio.
Con este Decreto, el gobierno asume el compromiso de trabajar en la eliminación de barreras no arancelarias que representan altos costos y cargas innecesarias para las empresas, dar certidumbre y agilidad a los trámites de comercio exterior y fortalecer el uso de Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC´s) en procedimientos de comercio exterior, contribuyendo a la facilitación del comercio y por lo tanto a la competitividad. Con la finalidad de apoyar la competitividad de las empresas y en apego al Plan Nacional de Desarrollo, el cual dispone que las políticas públicas estarán dirigidas a aumentar la rentabilidad de los proyectos y reducir los costos de producción para incrementar la productividad, las medidas contenidas en el Decreto otorgan facilidades operativas y administrativas a los usuarios del comercio exterior para que agilicen y simplifiquen sus operaciones.
Estas medidas se dividen en tres grandes rubros y se describen a continuación:
Si quieres leer el artículo completo da clik aqui
CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL PARA CONTADORES
¿SABIAS QUE EXISTE UN CÓDIGO DE ÉTICA PARA CONTADORES EMITIDO POR EL IMCP?
Pues así es.
Pues así es.
Es aquel que nos dicta normas de carácter ético y moral a los C.P. y lo más impórtate, de no acatarnos a dichas normas, existen sanciones que en ocasiones consisten en la prohibición del ejercicio de nuestra profesión.
Nuestro Código de Ética se divide de la siguiente manera:

Postulados
Responsabilidades
Nuestro Código de Ética se divide de la siguiente manera:

Postulados
Responsabilidades
Normas Generales
Del C.P. como Profesional Independiente
Del C.P. como Auditor Externo
Del C.P. como Consultor Fiscal
Del C.P. en los sectores Publico y Privado
Del C.P. en la Docencia
Correlación entre Postulados y Artículo
Del C.P. como Profesional Independiente
Del C.P. como Auditor Externo
Del C.P. como Consultor Fiscal
Del C.P. en los sectores Publico y Privado
Del C.P. en la Docencia
Correlación entre Postulados y Artículo
Como podemos observar el Código de Ética Profesional del IMCP no sólo es aplicable en la práctica independiente de los Contadores Públicos, sino también en el ejercicio de aquéllos que prestan sus servicios en una empresa, ya sea como consejeros y funcionarios, directores generales, directores de finanzas, directores administrativos, contralores, auditores internos, tesoreros, analistas, contadores o como personal administrativo en general.
Los Contadores Públicos del sector empresas requieren cumplir con una normatividad ética, tanto para salvaguardar el buen nombre de su profesión, como para contribuir a lograr los objetivos de la entidad en donde prestan sus servicios, dentro del marco del gobierno corporativo adoptado por dicha entidad
Nuestro Código de Ética Profesional incluye una serie de doce postulados y normatividad general (Artículos 1.01 a 1.22) aplicables a todos los Contadores Públicos, sin distinguir si éstos ejercen su práctica en el sector independiente o privado. Además, los Contadores Públicos del sector empresas requieren cumplir con cierta normatividad específica (Artículos 3.01 a 3.06).
POSTULADOS
Alcance del código
Postulado I Aplicación universal del código.
Responsabilidad hacia la sociedad
Postulado II Independencia de criterio.
Postulado III Calidad profesional de los trabajos.
Postulado IV Preparación y calidad del profesional.
Responsabilidades hacia quien patrocina los servicios
Postulado VI Secreto profesional.
Postulado VII Obligación de rechazar tareas que no cumplan con la moral.
Postulado VIII Lealtad hacia el patrocinador de los servicios.
Postulado IX Retribución económica.
Responsabilidad hacia la profesión
Postulado X Respeto a los colegas y a la profesión.
Postulado XI Dignificación de la imagen profesional a base de calidad.
Postulado XII Difusión y enseñanza de conocimientos técnicos.
Los Contadores Públicos del sector empresas requieren cumplir con una normatividad ética, tanto para salvaguardar el buen nombre de su profesión, como para contribuir a lograr los objetivos de la entidad en donde prestan sus servicios, dentro del marco del gobierno corporativo adoptado por dicha entidad
Nuestro Código de Ética Profesional incluye una serie de doce postulados y normatividad general (Artículos 1.01 a 1.22) aplicables a todos los Contadores Públicos, sin distinguir si éstos ejercen su práctica en el sector independiente o privado. Además, los Contadores Públicos del sector empresas requieren cumplir con cierta normatividad específica (Artículos 3.01 a 3.06).
POSTULADOS
Alcance del código
Postulado I Aplicación universal del código.
Responsabilidad hacia la sociedad
Postulado II Independencia de criterio.
Postulado III Calidad profesional de los trabajos.
Postulado IV Preparación y calidad del profesional.
Responsabilidades hacia quien patrocina los servicios
Postulado VI Secreto profesional.
Postulado VII Obligación de rechazar tareas que no cumplan con la moral.
Postulado VIII Lealtad hacia el patrocinador de los servicios.
Postulado IX Retribución económica.
Responsabilidad hacia la profesión
Postulado X Respeto a los colegas y a la profesión.
Postulado XI Dignificación de la imagen profesional a base de calidad.
Postulado XII Difusión y enseñanza de conocimientos técnicos.
DEL CONTADOR PÚBLICO COMO PROFESIONAL INDEPENDIENTE
General
El Contador Público y/o la Firma expresará su opinión en los asuntos que se le hayan encomendado, teniendo en cuenta los lineamientos expresados en este código y una vez que haya dado cumplimiento a las normas profesionales emitidas por el propio Instituto.
Cuando el Contador Público yo la Firma permita que aparezca su nombre en informes o documentos deberá:
El Contador Público y/o la Firma expresará su opinión en los asuntos que se le hayan encomendado, teniendo en cuenta los lineamientos expresados en este código y una vez que haya dado cumplimiento a las normas profesionales emitidas por el propio Instituto.
Cuando el Contador Público yo la Firma permita que aparezca su nombre en informes o documentos deberá:
- a) Indicar que debe leerse en relación a otra información que sí cumple con los términos de esta regla, o
- b) Señalar claramente que no se ha dado cumplimiento a esta regla y la forma en que ello limita su opinión profesional.
Ningún Contador Público que actúe independientemente permitirá que se utilice su nombre en relación con proyectos de informaciones financieras, cuya realización dependa de hechos futuros, en tal forma que induzcan a creer que el Contador Público asume la responsabilidad de que se realicen dichas estimaciones o proyectos.
El Contador Público podrá asociarse con otros colegas o inclusive con miembros de otras profesiones formando una Firma, con el fin de estar en posibilidad de prestar mejores servicios a quien los solicite; esta asociación, con cualquier miembro de otra profesión, sólo podrá formarse si el Contador Público ostenta su responsabilidad personal e ilimitada, cuando por la naturaleza del trabajo, el Contador Público deba recurrir a la asistencia de un especialista asumirá la responsabilidad respecto a la capacidad y competencia del profesionista especialista y deberá informar claramente a su cliente las peculiaridades de esta situación.
La asociación profesional deberá darse a conocer empleando en su nombre o razón social por lo menos el nombre de uno de sus socios, que sea Contador Público. No podrá utilizar denominaciones sociales, ni expresiones de autoelogio. Cuando la asociación profesional represente o esté afiliada a una organización de Contadores Públicos de carácter nacional o internacional, podrá darse a conocer adicionando el nombre de esta organización. Sólo podrá ostentarse como firma de Contadores Públicos cuando tenga como finalidad ejercer en el campo de la contaduría pública y más del 50% de sus socios sean Contadores Públicos; en este caso, deberán exigir a sus miembros no Contadores Públicos el respeto a las normas contenidas en este código de ética, en todo aquello que les sea aplicable.
Cuando algún Contador Público miembro de la asociación acepte un puesto incompatible con el ejercicio independiente de la profesión, deberá retirarse de su actividad profesional como tal. Igual deberá suceder cuando alguno de los Contadores Públicos miembros de la asociación haya dejado de pertenecer a un colegio o instituto afiliado por haber sido dado de baja en los términos del artículo 5.03, o bien, cuando no siendo socio del Instituto, la Junta de Honor respectiva considere procedente tal sanción.
Ningún Contador Público que ejerza independientemente permitirá actuar en su nombre a persona que no sea socio; tampoco firmará estados financieros, cuentas, informes, etc., preparados por quien no tenga alguna de estas calidades. No permitirá que un empleado o subalterno suyo preste servicios o ejecute actos que al propio Contador Público no le estén permitidos, en los términos de este código.
El Contador Público deberá puntualizar en qué consistirán sus servicios y cuáles serán sus limitaciones. Cuando en el desempeño de sus trabajo se encuentre con alguna circunstancia que no le permita seguir desarrollando su actividad, deberá comunicar esa circunstancia a su cliente de inmediato.
El Contador Público no deberá ofrecer trabajo directa ni indirectamente a funcionarios o empleados de sus clientes, si no es con previo conocimiento de éstos, en ningún caso podrá conceder comisiones o corretajes por la obtención de un trabajo profesional. Solo podrá conceder participación en los honorarios o utilidades derivadas de su trabajo a personas o asociaciones con quienes comparte el ejercicio profesional.
El Contador Público y/o la Firma reconoce el derecho que el usuario tiene a solicitar propuestas de servicios profesionales, con su correspondiente cotización de honorarios. Por lo tanto, el Contador Público y/o la Firma podrán presentar en concurso una propuesta de sus servicios y honorarios, siempre que le sea solicitada y no recurra a procedimientos que vayan en contra de la profesión. Los honorarios propuestos deberán calcularse de acuerdo con lo establecido en el artículo 1.14. y si el Contador Público y/o la Firma cotiza un honorario significativamente inferior al cobrado por el Contador Público y/o la Firma anterior o cotizado por otros Contadores Públicos o Firmas, será aceptable en la medida que:
El Contador Público podrá asociarse con otros colegas o inclusive con miembros de otras profesiones formando una Firma, con el fin de estar en posibilidad de prestar mejores servicios a quien los solicite; esta asociación, con cualquier miembro de otra profesión, sólo podrá formarse si el Contador Público ostenta su responsabilidad personal e ilimitada, cuando por la naturaleza del trabajo, el Contador Público deba recurrir a la asistencia de un especialista asumirá la responsabilidad respecto a la capacidad y competencia del profesionista especialista y deberá informar claramente a su cliente las peculiaridades de esta situación.
La asociación profesional deberá darse a conocer empleando en su nombre o razón social por lo menos el nombre de uno de sus socios, que sea Contador Público. No podrá utilizar denominaciones sociales, ni expresiones de autoelogio. Cuando la asociación profesional represente o esté afiliada a una organización de Contadores Públicos de carácter nacional o internacional, podrá darse a conocer adicionando el nombre de esta organización. Sólo podrá ostentarse como firma de Contadores Públicos cuando tenga como finalidad ejercer en el campo de la contaduría pública y más del 50% de sus socios sean Contadores Públicos; en este caso, deberán exigir a sus miembros no Contadores Públicos el respeto a las normas contenidas en este código de ética, en todo aquello que les sea aplicable.
Cuando algún Contador Público miembro de la asociación acepte un puesto incompatible con el ejercicio independiente de la profesión, deberá retirarse de su actividad profesional como tal. Igual deberá suceder cuando alguno de los Contadores Públicos miembros de la asociación haya dejado de pertenecer a un colegio o instituto afiliado por haber sido dado de baja en los términos del artículo 5.03, o bien, cuando no siendo socio del Instituto, la Junta de Honor respectiva considere procedente tal sanción.
Ningún Contador Público que ejerza independientemente permitirá actuar en su nombre a persona que no sea socio; tampoco firmará estados financieros, cuentas, informes, etc., preparados por quien no tenga alguna de estas calidades. No permitirá que un empleado o subalterno suyo preste servicios o ejecute actos que al propio Contador Público no le estén permitidos, en los términos de este código.
El Contador Público deberá puntualizar en qué consistirán sus servicios y cuáles serán sus limitaciones. Cuando en el desempeño de sus trabajo se encuentre con alguna circunstancia que no le permita seguir desarrollando su actividad, deberá comunicar esa circunstancia a su cliente de inmediato.
El Contador Público no deberá ofrecer trabajo directa ni indirectamente a funcionarios o empleados de sus clientes, si no es con previo conocimiento de éstos, en ningún caso podrá conceder comisiones o corretajes por la obtención de un trabajo profesional. Solo podrá conceder participación en los honorarios o utilidades derivadas de su trabajo a personas o asociaciones con quienes comparte el ejercicio profesional.
El Contador Público y/o la Firma reconoce el derecho que el usuario tiene a solicitar propuestas de servicios profesionales, con su correspondiente cotización de honorarios. Por lo tanto, el Contador Público y/o la Firma podrán presentar en concurso una propuesta de sus servicios y honorarios, siempre que le sea solicitada y no recurra a procedimientos que vayan en contra de la profesión. Los honorarios propuestos deberán calcularse de acuerdo con lo establecido en el artículo 1.14. y si el Contador Público y/o la Firma cotiza un honorario significativamente inferior al cobrado por el Contador Público y/o la Firma anterior o cotizado por otros Contadores Públicos o Firmas, será aceptable en la medida que:
- El Contador Público o la Firma pueda demostrar que el tiempo por invertir en el trabajo y el nivel del personal asignado al mismo garantiza una auditoría de estados financieros apropiada.
- Todas las normas de auditoría generalmente aceptadas, guías y procedimientos de control de calidad serán cumplidos.
El Contador Público en el ejercicio independiente de la profesión se abstendrá de ofrecer sus servicios a clientes de otro colega. Sin embargo, tiene el derecho de atender a quienes acudan en demanda de sus servicios o consejos.
Cuando a un Contador Público le sea solicitada una propuesta de servicios profesionales por un cliente de otro Contador Público, para efectos de sustitución, deberá dirigirse a él para informárselo antes de presentar dicha propuesta. En caso de necesitar información adicional de parte del colega actual, deberá solicitar al posible cliente que gire las instrucciones para que le sea proporcionada libremente. Dicha información la utilizará exclusivamente para tener mejores bases de sustentación de su propuesta de servicios y honorarios, o bien para decidir sobre la aceptación del trabajo.
Tratándose de asociaciones profesionales, no podrán los socios contratar o hacer trabajo profesional por su cuenta, sin el consentimiento de los otros socios.
Es contrario a la ética profesional ofrecer directamente servicios a personas, empresas u organismos con quienes no se tengan relaciones personales o de trabajo. Asimismo, no se deberán ofrecer servicios a quienes no los hayan solicitado.
Los Contadores Públicos que trabajen asociados con o representando a profesionales de otros países, están obligados y son responsables de que éstos últimos, al hacerse presentes en territorio nacional, cumplan con lo establecido en este código. Una parte de la retribución económica que perciba el Contador Público, podrá fijarse en relación con los resultados que se obtengan con su intervención, siempre y cuando la determinación de dichos resultados no quede a cargo del propio profesional. Este método de cálculo de los honorarios no deberá usarse cuando el Contador Público actúe como auditor independiente.
Cuando el Contador Público preste sus servicios en un país distinto al suyo, deberá cumplir las exigencias del Código de Ética Profesional local y si no lo hubiere, deberá ajustarse a los usos y prácticas profesionales en ese país.
Contador Público debe informar a sus clientes o socios cualquier relación significativa que tenga con personas, entidades, productos o servicios, que pudiera implicar un conflicto de intereses y, por ende, el deterioro de su independencia, sobre la cual el cliente o el socio esperará ser informado. En los casos en que se proporcione o se esté en posibilidad de proporcionar asesoría a dos o más clientes en relación con una misma transacción, el Contador Público deberá informar por escrito a cada una de las partes involucradas sobre la naturaleza del servicio que está prestando o que se prestará a las mismas, sin menoscabo de la confidencialidad. Es importante el obtener el consentimiento de las partes involucradas, igualmente por escrito.
DEL CONTADOR PÚBLICO COMO AUDITOR EXTERNO
Se tiene considerado que no hay independencia ni imparcialidad para expresar una opinión que sirva de base a terceros para tomar decisiones, cuando el Contador Público y/o la Firma:
Cuando a un Contador Público le sea solicitada una propuesta de servicios profesionales por un cliente de otro Contador Público, para efectos de sustitución, deberá dirigirse a él para informárselo antes de presentar dicha propuesta. En caso de necesitar información adicional de parte del colega actual, deberá solicitar al posible cliente que gire las instrucciones para que le sea proporcionada libremente. Dicha información la utilizará exclusivamente para tener mejores bases de sustentación de su propuesta de servicios y honorarios, o bien para decidir sobre la aceptación del trabajo.
Tratándose de asociaciones profesionales, no podrán los socios contratar o hacer trabajo profesional por su cuenta, sin el consentimiento de los otros socios.
Es contrario a la ética profesional ofrecer directamente servicios a personas, empresas u organismos con quienes no se tengan relaciones personales o de trabajo. Asimismo, no se deberán ofrecer servicios a quienes no los hayan solicitado.
Los Contadores Públicos que trabajen asociados con o representando a profesionales de otros países, están obligados y son responsables de que éstos últimos, al hacerse presentes en territorio nacional, cumplan con lo establecido en este código. Una parte de la retribución económica que perciba el Contador Público, podrá fijarse en relación con los resultados que se obtengan con su intervención, siempre y cuando la determinación de dichos resultados no quede a cargo del propio profesional. Este método de cálculo de los honorarios no deberá usarse cuando el Contador Público actúe como auditor independiente.
Cuando el Contador Público preste sus servicios en un país distinto al suyo, deberá cumplir las exigencias del Código de Ética Profesional local y si no lo hubiere, deberá ajustarse a los usos y prácticas profesionales en ese país.
Contador Público debe informar a sus clientes o socios cualquier relación significativa que tenga con personas, entidades, productos o servicios, que pudiera implicar un conflicto de intereses y, por ende, el deterioro de su independencia, sobre la cual el cliente o el socio esperará ser informado. En los casos en que se proporcione o se esté en posibilidad de proporcionar asesoría a dos o más clientes en relación con una misma transacción, el Contador Público deberá informar por escrito a cada una de las partes involucradas sobre la naturaleza del servicio que está prestando o que se prestará a las mismas, sin menoscabo de la confidencialidad. Es importante el obtener el consentimiento de las partes involucradas, igualmente por escrito.
DEL CONTADOR PÚBLICO COMO AUDITOR EXTERNO
Se tiene considerado que no hay independencia ni imparcialidad para expresar una opinión que sirva de base a terceros para tomar decisiones, cuando el Contador Público y/o la Firma:
- a) Sea cónyuge, pariente consanguíneo o civil en línea recta sin limitación de grado, colateral dentro del cuarto y afín dentro del segundo, del propietario o socio principal de la empresa o de algún director, administrador o empleado del cliente, que tenga intervención importante en la administración del propio cliente.
- b) Sea, haya sido en el ejercicio social que dictamina o en relación al cual se le pide su opinión, o tenga tratos verbales o escritos encaminados a ser director, miembro del consejo de administración, administrador o empleado del cliente o de una empresa afiliada, subsidiaria o que esté vinculada económica o administrativamente, cualquiera que sea la forma como se le designe y se le retribuyan sus servicios. En el caso del Comisario, se considera que subsiste la independencia de criterio.
- c) Tenga, haya tenido en el ejercicio social que dictamine o en relación con el cual se le pide su opinión, o pretenda tener alguna injerencia o vinculación económica directa o indirecta, en la empresa, en un grado tal que pueda afectar su independencia de criterio.
- d) Reciba en cualquier circunstancia o motivo, participación directa sobre los resultados del asunto que se le encomendó de la empresa que contrató sus servicios profesionales y exprese su opinión sobre estados financieros en circunstancias en las cuales su emolumento dependa del éxito de cualquier transacción.
- e) Sea agente de bolsa de valores, en ejercicio.
- f) Desempeñe un puesto público en una oficina que tenga injerencia en la revisión de declaraciones y dictámenes para fines fiscales, fijación de impuestos y otorgamiento de exenciones, concesiones o permisos de trascendencia y decisiones sobre nombramientos de Contadores Públicos para prestar servicios a dependencias o empresas estatales.
- g) Perciba de un solo cliente, durante más de tres años consecutivos, más del 33% de su ingreso u otra proporción que aun siendo menor, sea de tal manera importante frente al total de sus ingresos, que le impida mantener su independencia. Se entiende que un grupo de Compañías que operan bajo control común o una Entidad que asigna los trabajos de auditoría externa son, para este fin, un solo cliente.
- h) Tenga relaciones o intereses que puedan ejercer influencia negativa, impidan o amenacen su independencia de criterio.
- i) No haya percibido los honorarios contratados por servicios de auditoría externa del año anterior, en la forma e importes convenidos por escrito, al inicio de la siguiente auditoría. Para estos efectos la renegociación de honorarios no se considera como el pago de los mismos.
- j) Reciba de un cliente o sus partes relacionadas, a los que le proporcione servicios de auditoría externa, inversiones de capital en su despacho, financiamientos u otros intereses económicos.
- k) Proporcione directamente o a través de algún socio o empleado de su asociación profesional, adicionalmente al de auditoría externa, cualquiera de los servicios siguientes:
- Preparación de manera permanente, de la contabilidad del cliente.
- Diseño, implantación, operación y supervisión de los sistemas del cliente que generen información significativa para la elaboración de los estados financieros a dictaminar. En cuanto a diseño e implantación de sistemas se permite la participación del Contador Público o Firma, que sea el auditor externo, siempre y cuando el cliente conserve la responsabilidad del proyecto, asignando la dirección del mismo a un funcionario con la competencia y nivel adecuados para tomar decisiones de planeación, coordinación y supervisón.
- Auditoría interna relativa a estados financieros y controles contables, cuando el auditor externo toma la responsabilidad de dicha función. Se entiende que el Cliente conserva la responsabilidad cuando uno de sus funcionarios con la competencia y nivel adecuados planea, supervisa y coordina las funciones y emite los informes correspondientes.
- Reclutamiento y selección de personal del cliente para que ocupe cargos en los primeros niveles de autoridad.
- Preparación de avalúos o estimaciones que tengan efecto en registros contables y sean relevantes, en relación a los activos, pasivos o ventas totales del cliente a dictaminar.
El simple hecho de que un Contador Público y/o la Firma realice simultáneamente labores de auditoría externa y de consultoría en las áreas de administración o fiscal, no necesariamente implica falta de independencia profesional, siempre y cuando la prestación de los servicios no incluya la participación o responsabilidad del Contador Público en la toma de decisiones administrativas y financieras. Los servicios jurídicos, fiscales y de consultoría de negocios son compatibles con los de auditoría externa, siempre y cuando la prestación de dichos servicios no incluya la participación o responsabilidad del Contador Público o la Firma en la toma de decisiones administrativas y financieras.
El Contador Público como auditor externo tiene la responsabilidad de mantener su independencia, tomando en cuenta el contexto en que realiza su práctica, los riesgos de independencia y las salvaguardas que a este respecto tenga disponibles.
Para reducir o eliminar algunos riesgos de independencia e imparcialidad, el auditor externo podrá implementar las siguientes salvaguardas:
El Contador Público como auditor externo tiene la responsabilidad de mantener su independencia, tomando en cuenta el contexto en que realiza su práctica, los riesgos de independencia y las salvaguardas que a este respecto tenga disponibles.
Para reducir o eliminar algunos riesgos de independencia e imparcialidad, el auditor externo podrá implementar las siguientes salvaguardas:
- Establecer políticas y procedimientos destinados a promover el control de calidad de los trabajos de auditoría.
- Implantar políticas y procedimientos que permitan la identificación de relaciones o intereses entre el auditor y los clientes de auditoría.
- Asegurarse de que el personal esté sensibilizado de la importancia de comunicar a los niveles superiores del equipo de trabajo en la práctica de auditorías, cualquier asunto sobre independencia y objetividad que les afecte; esto incluye que el personal tenga conocimiento de los procedimientos establecidos.
- Involucrar a un Contador Público adicional dentro de la misma firma, que no haya participado en el trabajo de auditoría, para que revise el trabajo terminado u ofrezca su consejo cuando éste sea necesario.
- Consultar a un tercero, que puede ser un comité de consejeros independientes, un cuerpo regulatorio profesional u otro auditor.
- Tener rotación de personal de alto nivel.
- Fijar políticas y procedimientos para evaluar si ciertos riesgos, en circunstancias específicas, pueden ser considerados como de poca importancia.
- Considerando lo anterior, en cada trabajo de auditoría deberán documentarse las circunstancias o hechos que podrían haber dañado la independencia del auditor, cómo se evaluaron los riesgos y cuáles salvaguardas fueron utilizadas para evitar, eliminar o, por lo menos, reducir el riesgo a un nivel aceptable.
- Si los riesgos que representan ciertas actividades o intereses del auditor no pueden ser eliminados o limitados por las salvaguardas, o el auditor elige no eliminar dichas actividades o intereses, deberá rehusarse a desempeñar, o retirarse de un trabajo de auditoría.
Existen otras salvaguardas que establece la Entidad sujeta a dictaminación, que pueden considerarse para preservar la independencia del auditor externo, como por ejemplo:
- Nombramiento del auditor por un órgano superior a la dirección de la entidad, como puede ser un comité de auditoría, al cual deberá informarse sobre los resultados de la revisión.
- Procedimientos internos que aseguren una selección objetiva al asignar trabajos que no sean de auditoría.
En las asociaciones profesionales sólo podrán suscribir estados financieros, dictámenes e informes procedentes de auditoría quienes posean título de Contador Público debidamente registrado. Los servicios profesionales de dictaminación que son distintivos y privativos del Contador Público no podrán ser anunciados ni publicitados.
DEL CONTADOR PÚBLICO EN LA DOCENCIA
El Contador Publico que imparte cátedra deberá orientar a sus alumnos para que en su futuro profesional actúen con estricto apego a las normas de ética.
Es obligación del Contador Publico catedrático mantenerse actualizado en las áreas de su ejercicio, a fin de transmitir al alumno los conocimientos mas avanzados de la materia existentes en la teoría y practica profesionales.
El Contador Publico catedrático debe dar a sus alumnos un trato digno y respetuoso.
El Contador Publico en la exposición de su cátedra podrá referirse a casos concretos o reales de los negocios , pero se abstendrá de proporcionar información que identifique a personas, empresas instituciones relacionadas con dichos casos, salvo que los mismos sean del dominio publico o se cuenten con la autorización expresa para el efecto.
El Contador Publico catedrático en sus relaciones con los alumnos deberá de abstenerse de hacer comentarios que perjudiquen las reputación o prestigio de alumnos, catedráticos, otros Contadores Públicos o de la profesión en general.
En sus relaciones con la administración o autoridades de la institución en la que ejerza como catedrático, deberá ser respetuosote la disciplina prescrita; sin embargo, debe mantener una posición de independencia mental y espíritu critico en cuanto a la problemática que plantea el desarrollo de la ciencia o técnica objeto de estudio.
SANCIONES
Los contadores que no sigan los lineamientos del Código de Ética se harán acreedores de una sanción En la imposición de sanciones se tomará en cuenta la gravedad de la violación cometida, evaluándola de acuerdo con la trascendencia que la falta tenga para el prestigio y estabilidad de la profesión de Contador Público y la responsabilidad que pueda corresponderle.
Según la gravedad de la falta, la sanción podrá consistir en:
a) Amonestación privada
b) Amonestación pública
c) Suspensión temporal de sus derechos como socio
d) Expulsión
e) Denuncia a las autoridades competentes, de las violaciones a las leyes que rijan el ejercicio profesional.
El Contador Publico que imparte cátedra deberá orientar a sus alumnos para que en su futuro profesional actúen con estricto apego a las normas de ética.
Es obligación del Contador Publico catedrático mantenerse actualizado en las áreas de su ejercicio, a fin de transmitir al alumno los conocimientos mas avanzados de la materia existentes en la teoría y practica profesionales.
El Contador Publico catedrático debe dar a sus alumnos un trato digno y respetuoso.
El Contador Publico en la exposición de su cátedra podrá referirse a casos concretos o reales de los negocios , pero se abstendrá de proporcionar información que identifique a personas, empresas instituciones relacionadas con dichos casos, salvo que los mismos sean del dominio publico o se cuenten con la autorización expresa para el efecto.
El Contador Publico catedrático en sus relaciones con los alumnos deberá de abstenerse de hacer comentarios que perjudiquen las reputación o prestigio de alumnos, catedráticos, otros Contadores Públicos o de la profesión en general.
En sus relaciones con la administración o autoridades de la institución en la que ejerza como catedrático, deberá ser respetuosote la disciplina prescrita; sin embargo, debe mantener una posición de independencia mental y espíritu critico en cuanto a la problemática que plantea el desarrollo de la ciencia o técnica objeto de estudio.
SANCIONES
Los contadores que no sigan los lineamientos del Código de Ética se harán acreedores de una sanción En la imposición de sanciones se tomará en cuenta la gravedad de la violación cometida, evaluándola de acuerdo con la trascendencia que la falta tenga para el prestigio y estabilidad de la profesión de Contador Público y la responsabilidad que pueda corresponderle.
Según la gravedad de la falta, la sanción podrá consistir en:
a) Amonestación privada
b) Amonestación pública
c) Suspensión temporal de sus derechos como socio
d) Expulsión
e) Denuncia a las autoridades competentes, de las violaciones a las leyes que rijan el ejercicio profesional.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)