EL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA CNMV PARA ENTIDADES NO LUCRATIVAS ABRE LAS PUERTAS A LA INVERSIÓN SOCIALMENTE RESPONSABLE

Una Disposición Adicional de la Ley de Medidas de Reforma del Sistema Financiero (2002), referida a las “restricciones relativas a las inversiones financieras temporales de entidades sin ánimo de lucro”, dispuso que la Comisión Nacional del Mercado de Valores, el Banco de España y el Ministerio de Economía, cada uno en su ámbito de supervisión, aprobaran códigos de conducta que contengan las reglas específicas a las que deberán ajustarse las inversiones financieras temporales que hagan las entidades sin ánimo de lucro.

El Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), cumpliendo esta Disposición, ha aprobado un “Código de conducta de las entidades sin ánimo de lucro para la realización de inversiones temporales en el ámbito del mercado de valores”, tal y como se refleja en el Boletín Oficial del Estado de 8 de enero de 2004.

El Código, de aplicación durante el ejercicio 2004, establece que las entidades sin ánimo de lucro sistematicen la selección y gestión de inversiones; que se valore la seguridad, liquidez y rentabilidad de las distintas posibilidades de inversión; que se diversifiquen los riesgos; y que sean evitadas las operaciones meramente especulativas.

Esta exigencia de la sistematización de las inversiones, a juicio de la Fundación Ecología y Desarrollo, tiene dos lecturas; por un lado pretende evitar casos de gestión imprudente de activos; por otro lado, abre la puerta a la adopción de prácticas de responsabilidad social corporativa en la gestión de activos por parte de las organizaciones no lucrativas. Esto es, a que las entidades no lucrativas españolas, en el momento de formular sus políticas de inversión, incluyan un criterio o principio de coherencia, en línea con sus valores Es en este contexto en el que el gobierno británico está estudiando imponer requisitos de transparencia informativa en materia de inversión y responsabilidad social corporativa a las organizaciones sociales británicas Asumiendo esta lectura, y en cumplimiento de las recomendaciones citadas, la Fundación Ecología y Desarrollo ya se ha dotado de un Código de conducta para la realización de inversiones temporales en el ámbito del mercado de valores. En el texto introductorio del Código se remarca que

“la Fundación Ecología y Desarrollo entiende que los mercados financieros constituyen un instrumento crucial para la consecución de dicho desarrollo sostenible dado que:

Pueden crear incentivos para que las empresas avanzadas en el ámbito de la responsabilidad social corporativa o sostenibilidad empresarial (RSC) sean recompensadas.

Permiten que todos aquellos grupos sociales interesados en la promoción de la responsabilidad social corporativa tengan la oportunidad de decidir el destino último de sus recursos financieros, de manera que la delegación de la gestión del ahorro en los intermediarios financieros no impida la aplicación de sus recursos a la financiación de las actividades empresariales compatibles con el desarrollo sostenible.

Permiten que las entidades no lucrativas puedan adoptar medidas para impulsar la Inversión Socialmente Responsable, y así promover prácticas empresariales sostenibles o socialmente responsables.”

Para más información:
Ramón Pueyo
Fundación Ecología y Desarrollo
Plaza San Bruno, 9
50001 Zaragoza (España)
Teléfono: 976298282
Fax: 976 203092

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